¿Sabia usted que una persona de nacionalidad china es el titular de la marca de la imagen Virgen de Guadalupe?
Al Señor Wu You Lin le fue concedido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el registro de la marca innominada de la Virgen de Guadalupe, es decir, es titular registral de la figura de dicha virgen.
El citado registro se otorgó el 27 de junio del año 2002, en clase 28, para juegos, juguetes, artículos de gimnasia y de deportes no comprendidos en otras clases, así como decoraciones para árboles de navidad, por lo que tendrá hasta el siguiente año 2012, para poder usar este diseño en dichos productos, aclarando que podrá renovar tal registro marcario cuantas veces quiera, tal y como lo concede la Ley de Propiedad Industrial.
A pesar de que el diseño que fue registrado, no es el auténtico y conocido por todos los mexicanos, ya que le fue agregado un fondo de color rojo, esto produce confusión entre los consumidores mexicanos ya que pueden llegar a creer que son productos elaborados por manos mexicanas y no chinas, lo que conviene al Señor You Lin para incrementar sus ventas.
Aunque dicho registro fue otorgado sin contravenir las disposiciones del artículo 90 de la ley de Propiedad Industrial, que establece las prohibiciones de registro de marcas, en dicho artículo no se establece prohibición alguna acerca de las imágenes religiosas. Es importante entonces remontarnos a los pasajes de la Biblia, puesto que la imagen de la Virgen de Guadalupe data de hace mas de cien años, desde su aparición ante Juan Diego, por lo que de acuerdo a los derechos de autor, los derechos patrimoniales para que el autor pueda explotar la obra en este caso pictórica, ya se han vencido, puesto que la Ley los considera vigentes durante la vida del autor y cien años mas, a partir de su muerte. Y suponiendo que fue aproximadamente en el año 1530 cuando se empezó a reproducir por primera vez la imagen de la Virgen de Guadalupe, la obra ya puede ser considerada del dominio público, lo que significa que cualquier persona puede usarla sin necesidad de registrarla.
Es por situaciones como esta que a mi parecer debería de plantearse una reforma para modificar la legislación en materia de propiedad industrial para impedir que extranjeros sean los titulares de imágenes o palabras que son parte de la cultura de nuestro país, ya que la imagen de la Virgen de Guadalupe es un símbolo característico de la devoción y fe de los mexicanos.
Por otra parte, esto deja evidencia clara de que debemos hacer conciencia de la importancia del registro de las marca, ya que muchas veces la marca tiene mayor valor que las propias empresas, puesto que si hay una marca muy conocida, el titular puede conceder licencias o franquicias, lo que puede traer consigo beneficios económicos importantes para el crecimiento de una empresa.
También, la marca podría ser “vendida” por una cantidad de dinero muy importante. Pensemos tan solo que por tener concedido a su favor el registro de la imagen de la Virgen de Guadalupe, el Señor Lin, podría vender a una cantidad muy importante el registro de su marca para que otra persona sea el titular, y así este, tener ganancias ascendentes.
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